Texto de las Constituciones promulgadas en el período señalado.

martes, 9 de septiembre de 2008

Constitución de 1947

Discurso del Dr. Andrés Eloy Blanco, Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, en el momento de declarar sancionada la presente Constitución

Ciudadanos Miembros de la Junta Revolucionaria de Gobierno,

Ciudadanos Miembros de los Poderes Ejecutivo y Judicial,

Excelentísimos y Honorables Representantes del Cuerpo Diplomático,

Representantes de las Fuerzas Armadas de la Nación,

Ciudadanos Diputados:

En el primer minuto del 5 de julio nació la nueva Constitución de Venezuela. Están calientes sus pañales, calientes de convencida lucha, calientes de acción de pensamiento y de pasión. Pasión, acción y pensamiento realizan los designios de los hombres cuando la acción está al servicio del pensamiento y la pasión se inspira en el pensamiento de servicio.

Aquí está, en estas páginas, el objeto primordial de la Revolución. Yo lo saludo y lo juro, como soberano de mi derecho; yo la saludo y la juro, como señora de mi conducta ciudadana. No la ofrecemos al mundo como obra perfecta, pero es hermosa, hermosa como su hermana primogénita. Nació del sufragio universal, contiene las más avanzadas providencias en legislación del trabajo, contiene lo más nuevo en la defensa social; entre sus hojas, con cuatro pétalos abiertos, está la flor de las cuatro libertades. Tiene un regazo para el niño de Venezuela. Y para que tuviera el tono y el estilo maternal, podréis hallar en ella entre una moción de la Representante Fermín, un desvelo de la representante Saavedra, un Artículo de la Representante Lucila Palacios y un esfuerzo de cada una de sus compañeras, la puntada de amor, el cairel de ternura, la tibia artesanía de conciencia que por la primera vez en nuestra historia pudo dar la mujer venezolana para que la ley naciera en las rodillas de la madre.

Es hermosa, hermosa como la democracia. La democracia está de pie en la encrucijada de las más trágicas codicias. Por eso, como las hermosas mujeres, tiene sus dientes y sus uñas para los sátiros de la voluntad de dominio. Pero ella sola no lo es todo. Cuando una Asamblea hace una Constitución, hace el espejo de un pueblo. Cuando se hace el espejo de un pueblo, tiene que haber un buen pueblo para mirarse en él. Cuando se hace una Constitución, se hace un código de moral, pero no se hace una moral; cuando se hace una Constitución se hace una norma de conducta; cuando se hace una Constitución, se hace una ley de buen gobierno, pero no se hace un buen gobierno. Es el uso de ella, es el empleo de las facultades que ella confiere, es el timón bien llevado, es la proa siempre puesta a la justicia, lo que de ella va a infundir la grave responsabilidad en la conducta de los gobernantes. Ella es la Constitución. Pero todo lo que se haga de acuerdo a sus mandamientos y atribuciones, ha de ser un acto constitucional.

Allí está el texto derramado de los labios eternos del pueblo. Ésta es la justicia que manda hacer la República, por mano de sus representantes. Ahora a ponerse el vestido de viaje a la Gaceta, y se va a meter por las rutas de la patria; va a tocar las puertas. El campesino, el obrero, el industrial, el estudiante, el doctor, el niño, la mujer, el pudiente y el menesteroso van a vivir en su respeto, y el soldado va a ofrecerle sus armas y su sangre y sus pies, juntos en guardia, hechos de caminos de América y calzados de justicia.

En nombre de la Asamblea Nacional Constituyente, representante del pueblo, declaro solemnemente sancionada la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela.

Estados Unidos de Venezuela.- Ministerio de Educación Nacional.- Dirección de Gabinete.- N.º 1.- Caracas, 12 de julio de 1947.- 138 y 89.

Resuelto:

Por cuanto ha sido promulgada la nueva Constitución que establece para Venezuela un régimen democrático ejemplar;

Por cuanto la nueva Constitución expresa la voluntad popular venezolana manifestada en comicios libres, los primeros realizados en el país con base electoral mayor que la de todos los pueblos de América;

Por cuanto es necesario difundir en el pueblo los principios contenidos en la Constitución que garantiza los derechos ciudadanos y establece los deberes de los habitantes de la República, función que corresponde al Ministerio de Educación Nacional:

Por disposición de la Junta Revolucionaria de Gobierno se ordena una edición especial de 400.000 ejemplares de la Constitución de los Estados Unidos de Venezuela promulgada el 5 de julio del presente año. Cada ejemplar irá precedido del discurso del Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, doctor Andrés Eloy Blanco, pronunciado en el momento de declararse sancionado el texto de la Carta Fundamental.

Esta edición de la Constitución será distribuida en las escuelas, liceos, colegios, escuelas normales y demás establecimientos educacionales de los grados 3, 4, 5 y 6 de Educación Primaria y de todos los cursos de Educación Secundaria, Normal, Superior y Especial recibirán un ejemplar de la Constitución, con su nombre.

Los maestros y profesores quedan encargados de difundir entre el pueblo, los principios de la nueva Constitución.

La Dirección General y Técnica del Ministerio de Educación Nacional elaborará una Circular especial para instruir a maestros y profesores sobre la mejor manera de realizar la difusión de los principios constitucionales y fomentar en el pueblo la práctica de los derechos y deberes que, como la mejor conquista de la democracia venezolana, se han consignado en la nueva Constitución.

Comuníquese y publíquese.

Por la Junta Revolucionaria de Gobierno,

LUIS B. PRIETO F.

Ministro de Educación Nacional.

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